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sábado, 9 de junio de 2012

Convocatoria y Selección del Personal Estatutario


Convocatorias de selección y requisitos de participación.

Se efectuará por carácter periódico en el ámbito que cada administración de servicio de salud lo determine, a través de convocatoria pública y mediante procedimiento que garanticen los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de competencia. Las convocatorias se anunciaran el  Boletín Oficial de la correspondiente administración de salud.
Requisitos.
-Poseer Nacionalidad Española.
-Estar en posesión de la titulación exigida.
-Poseer capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se derivendel correspondiente nombramiento.
-Tener cumplido los 18 años y no exceder la edad de jubilación.
-No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario de cualquier servicio de salud o Administración pública.
En las convocatorias para la selección de personal estatutario se reservará un cupo no inferior al cinco por ciento, o al porcentaje que se encuentre vigente con carácter general para la función pública, de las plazas convocadas para ser cubiertas entre personas con discapacidad de grado igual o superior al 33%, de modo que progresivamente se alcance el 2% de los efectivos totales de cada servicio de salud, siempre que superen las pruebas selectivas y que, en su momento, acrediten el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondiente.  


Sistema de selección.
Oposición, consiste en un serie de pruebas dirigidas a evaluar la competencia, aptitud e idoneidad de los aspirantes para  el desempeño de las correspondiente funciones, así como a establecer su relación.
Concurso, consiste en la evaluación de la competencia, aptitud e idoneidad de los aspirantes para el desempeño de las correspondientes funciones a través de la valoración con arreglo a baremos de los aspectos más significativos de los correspondientes currículos así como a establecer su orden de prelación.
Concurso-oposición, consiste en la realización sucesiva, y en el orden que la convocatoria determine de los dos sistemas anteriores.
Nombramiento.
El nombramiento como personal estatutario fijo será expedido a favor de los aspirantes que obtengan mayor puntuación en el conjunto de las pruebas y evaluaciones. Los nombramientos serán publicados en la forma que se determine en cada servicio de salud.
El nombramiento se indicará expresamente el ámbito al que corresponde, conforme a lo previsto en la convocatoria y en las disposiciones aplicables en cada servicio de salud.

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